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Normativa de bienestar animal porcino en España

Escrito por Vetwise Spain | 17-04-2024

En España, la normativa de bienestar animal porcino sufrió una modificación durante el 2023 con base en la reglamentación ya existente.

La Unión Europea ha establecido como objetivo mejorar el estatus sanitario de la cabaña ganadera que, obviamente, implica al bienestar animal porcino. Pone atención en las medidas preventivas, a la vigilancia y control de enfermedades, para reducir la incidencia de las mismas y minimizar el impacto de los brotes cuando se produzcan. 

Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, la Organización Mundial de Sanidad Animal, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y la Organización Mundial de la Salud se han comprometido con el enfoque de “una sola salud” (One Health).

Mientras tanto, la legislación española se recoge en el llamado “Código de protección y bienestar animal”. Este código contiene la normativa que afecta a los animales que viven bajo el control de los seres humanos, independientemente de su estatus, tanto si son:

  • De compañía.
  • Mantenidos en un parque zoológico.
  • En establecimientos para la experimentación u otros fines científicos.
  • En instalaciones de producción ganadera para fines agrícolas, incluyendo la alimentación humana. Lo que afecta la normativa de bienestar animal porcino en España.

 

Actualización de la normativa de bienestar animal porcino en España

Como decíamos al comienzo, el Gobierno español realizó algunos cambios durante el 2023, que supusieron una actualización del “Código de Protección y Bienestar Animal” vigente en el país.

De esta forma se publicó el Real Decreto 159/2023, con el objetivo de establecer avances en la aplicación de la normativa europea para mejorar el bienestar animal en las granjas.

Del mismo modo, también durante el pasado año, se aprobó el Real Decreto 364/2023, donde se especifican temas como la frecuencia mínima de las visitas zoosanitarias dentro del plan sanitario integral de las granjas, etc.

Ambos nuevos decretos supusieron una puesta al día del Código de Protección y Bienestar Animal vigente y, en consecuencia, a la normativa de bienestar animal porcino en España.

 

Normativa de bienestar animal porcino en las granjas porcinas españolas

¿De qué forma práctica se aplican estas nuevas disposiciones en las granjas porcinas?

Las modificaciones del RD 159/2023 estipulan::

  • El mínimo de superficie de suelo libre: siendo de 0,2 mᒾ hasta los 10 kg de peso en vivo (incrementándose progresivamente).
  • Condiciones ambientales: las concentraciones de gases medidos a la altura de las cabezas de los animales no deben ser superiores a 20 ppm de amoniaco y 3.000 ppm de dióxido de carbono.
  • Alimentación: aportación de cantidad suficiente de alimentos de volumen o ricos en fibras (cerdas jóvenes, posdestete y gestantes deberán recibir una dieta con un contenido mínimo en fibra neutrodetergente de un 15 %).
  • Agua: debe disponerse de un punto de bebida, a una altura adecuada al animal, por cada 12 cerdos.
  • Procedimientos que provoquen lesiones o la pérdida de una parte sensible del cuerpo o la alteración de la estructura ósea: se prohibirán todos con algunas excepciones (reducción uniforme de los dientes de los lechones, la castración o el raboteo parcial). Las excepciones derivarán de una propuesta motivada del veterinario y serán comunicadas a la autoridad competente.

A su vez, el Real Decreto 364/2023 establece en cuanto a bienestar animal porcino:

  • Que el veterinario de explotación realizará una supervisión sanitaria y de bienestar animal de la granja de forma presencial regularmente.
  • La frecuencia de las visitas zoosanitarias estará basada en el riesgo que presente la granja e incluirá la supervisión de los aspectos recogidos en el Plan sanitario integral, así como las recomendaciones pertinentes para solucionar las deficiencias que observe, incluidas aquellas destinadas a conseguir un uso sostenible de antibióticos.
  • El veterinario asesorará al ganadero en materia de bioseguridad, trazabilidad, alimentación, detección temprana y respuesta rápida a las enfermedades y sobre la importancia de las resistencias antimicrobianas.
  • El veterinario de explotación también será el encargado de diseñar el Plan de bienestar animal y supervisar su cumplimiento cuyo contenido se encuentra en su normativa específica.

 

Un sector pendiente del bienestar animal

Hemos hablado de la normativa de bienestar animal porcino. ¿Pero qué se entiende por bienestar animal?  

La Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) describe que el bienestar animal designa “el estado físico y mental de un animal en relación con las condiciones en las que vive y muere”.  

Así lo recoge en su Código Terrestre. Dicho código proporciona normas para la mejora de la sanidad y el bienestar de los animales, sus productos, el comercio internacional y la salud pública veterinaria mundial.

Las directrices que guían a la OMSA en materia de bienestar de los animales terrestres incluyen las llamadas “cinco libertades”. El animal, cuando están bajo el control del hombre, debe permanecer libre de:

  1. Hambre, sed y desnutrición.
  2. Temor y angustia.
  3. Molestias físicas y térmicas.
  4. Dolor, lesión y enfermedad.
  5. Manifestar un comportamiento natural.

El sector porcino en España vela por el bienestar de sus animales en todos los eslabones de la cadena: desde la granja, transporte, sacrificio, hasta la industria y comercialización.

Esto contribuye a la obtención de productos de máxima calidad, saludables, seguros y producidos con cada vez más bajo impacto ambiental.

El consumidor de porcino dispone de carne fresca y derivados que cumplen todos los requisitos exigidos en materia de bienestar animal, seguridad alimentaria y cuidado del medio ambiente.